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Ajuntament de Canet de MarPlazo por confirmar

Arquitecto/a técnico/a

Plazas
1
Grupo
A2
Sueldo bruto
—
Plazo
Plazo por confirmar

Publicada en CIDO el 20 de mayo de 2026 · Ver ficha original en CIDO ↗

Documentos publicados: Oferta pública · Bases específiques. Convocatòria. Temari · Convocatòria · Convocatòria

Concurso-oposición del Ayuntamiento de Canet de Mar para cubrir con carácter definitivo 1 plaza de Arquitecto/a Técnico/a (funcionario/a de carrera, subgrupo A2), para ocupar el puesto de Inspector/a de Obra y Vía Pública. El puesto inspecciona licencias de obras y comunicaciones previas, comprueba el cumplimiento de la normativa urbanística, detecta obras sin licencia y elabora los informes técnicos para tramitar los expedientes de disciplina urbanística.

Lo que dicen las bases

Salario explicado
Grupo A2. El anuncio no detalla la cifra concreta de retribución, que se rige por la Relación de Puestos de Trabajo del Ayuntamiento, los acuerdos y convenios con la representación del personal y la legislación vigente.
Proceso de selección
Es un concurso-oposición con fase de oposición, fase de concurso y entrevista personal opcional. La primera prueba combina un test sobre todo el temario y uno o más casos prácticos (máximo 3 horas, máximo 40 puntos, mínimo 20 para superarla, con un mínimo de 10 puntos en cada una de las partes teórica y práctica). Le siguen catalán de nivel C (obligatorio y eliminatorio) y castellano de nivel superior para quienes no tengan la nacionalidad española. La fase de concurso valora experiencia profesional (hasta 7 puntos), formación reglada y complementaria (hasta 5,5 puntos), conocimiento de catalán superior al exigido (hasta 1 punto) y otros méritos como idiomas, ACTIC y publicaciones (hasta 1 punto). El tribunal puede realizar además una entrevista personal de hasta 2 puntos. El período de prueba es de 9 meses. Quien no obtenga la plaza pero supere el proceso entra en una bolsa de trabajo de 2 años.
Requisitos clave
  • Título universitario de Grado en Arquitectura Técnica, Grado en Edificación o titulaciones equivalentes (incluyendo Arquitectura Técnica o Aparejador de planes de estudio anteriores).
  • Certificado de catalán de nivel de suficiencia (nivel C).
  • Castellano de nivel superior para las personas aspirantes que no tengan la nacionalidad española.

Índice del temario

  1. Temario genérico (15 temas): la Constitución Española, las Cortes Generales, las fuentes del derecho público, el Estatuto de Autonomía de Cataluña, el procedimiento administrativo, la contratación administrativa y las haciendas locales.
  2. Urbanismo y planeamiento (10 temas): la clasificación del suelo en Cataluña, el planeamiento urbanístico municipal de Canet de Mar, la calificación del suelo y el régimen de licencias urbanísticas.
  3. Disciplina urbanística (13 temas): ejecución forzosa, órdenes de restauración, declaración de ruina, potestad sancionadora, tipificación de infracciones y potestad inspectora municipal.
  4. Vía pública y ordenanzas municipales (9 temas): competencias municipales en vía pública, ocupaciones, la ordenanza de terrazas y veladores, y la ordenanza de civismo y convivencia de Canet de Mar.
  5. Edificación técnica (13 temas): la cédula de habitabilidad, la accesibilidad, la Ley de Ordenación de la Edificación, el Libro del Edificio, la Inspección Técnica de Edificios (ITE) y la gestión de residuos de obra.

Preguntas frecuentes

¿Cuáles son las tareas concretas de este puesto de Inspector/a de Obra y Vía Pública?
Inspecciona y hace el seguimiento de licencias de obras y comunicaciones previas, inspecciona el estado de seguridad y salubridad de construcciones y solares, actúa a petición de la policía municipal, tramita las devoluciones de fianzas de licencias de obras, realiza inspecciones de primera ocupación, y elabora informes técnicos para expedientes de disciplina urbanística y sancionadores, entre otras funciones.
¿En qué consiste el período de prueba de esta plaza?
Es de 9 meses, obligatorio y eliminatorio, y se valora como apto/a o no apto/a a partir de criterios conductuales (aceptación de normas, dedicación, conocimientos específicos del puesto, entre otros) evaluados por una persona designada por el tribunal. Si la persona aspirante ya ha ocupado una plaza de la misma categoría en el Ayuntamiento en los dos años anteriores, ese tiempo trabajado se computa como período de prueba.